º . Adicionar el artículo 85 del Código de Procedimiento Civil, modificado por el artículo 1º numeral 37 del Decreto 2282 de 1989, en el sentido de incluir un inciso, así: "El Juez rechazará de plano la demanda cuando advierta que la pretensión es manifiestamente infundada".
Decreto 3930 de 2008 →Inexequible
Artículo 6
Decreto 3930 de 2008 · por el cual se otorgan facultades a la Sala Administrativa y Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.