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Artículo 2

Funciones Del Consejo Superior

Decreto 2368 de 2015 · por el cual se crea el Consejo Superior de la Administración para la Restitución de Tierras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Consejo Superior . Son funciones del Consejo Superior de Restitución de Tierras, las siguientes

1.

Actuar como instancia máxima en asesoría y coordinación del Gobierno nacional en materias relacionadas con la restitución de tierras de los despojados, en los términos establecidos en la Ley 1448 de 2011 y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten.

2.

Servir de organismo coordinador de las acciones interinstitucionales de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, así como hacer seguimiento y fijar las orientaciones generales para la adecuada ejecución de la política de tierras despojadas, en los términos establecidos en la Ley 1448 de 2011 y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten. ´

3.

Hacer recomendaciones sobre lineamientos, metodologías, principios, criterios técnicos y legales a tener en cuenta por las diferentes entidades de la rama Ejecutiva, en la definición de las estrategias y mecanismos de coordinación para la materialización de los propósitos de Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios.

4.

Definir y coordinar los mecanismos para la consecución o recolección de la información relevante en la etapa administrativa, para la restitución de tierras de los despojados, por parte de las entidades competentes.

5.

Impartir lineamientos para la atención de los procesos de restitución de tierras por parte de las entidades competentes.

6.

Asesorar a las entidades competentes de ejecutar la política de restitución de tierras en la solución de la conflictividad que se presente en el cumplimiento de sus funciones y competencias.

7.

Analizar y evaluar los problemas que inciden en el desarrollo de la política de restitución de tierras, así como recomendar soluciones y hacer seguimiento a las decisiones que se adopten.

8.

Recomendar pautas y directrices para llevar a cabo procesos de fortalecimiento institucional y transferencia de conocimientos para el desarrollo de la política de restitución de tierras.

9.

Recomendar la adopción de políticas, y proponer cambios a la normatividad vigente en materia de restitución de tierras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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