Micelio

Artículo 4

O

Decreto 1684 de 1991 · por el cual se establece el régimen de contratación para el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4o . Contratos especiales. Los siguientes contratos que celebre el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República sólo requerirán apropiación y registro presupuestal y suscripción cuando a ello hubiere lugar, por el funcionario competente

1.

Los contratos celebrados por la Presidencia de la República con el gobierno de otro país o con entidades y organismos internacionales, excepto los contratos de empréstito externo.

2.

Los que celebre la Presidencia de la República para serán ejecutados en el exterior.

3.

Los que requiera celebrar para la atención de compromisos nacionales o internacionales, incluidos los de carácter protocolario o para los viajes que deba realizar el señor Presidente de la República, en ejercicio de sus funciones.

4.

Los que requiera celebrar el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República cuando se trate de la inminente paralización o suspensión de un servicio público o para la atención de calamidades públicas o desastres. En estos casos no habrá lugar a licitación o concurso de méritos cualquiera que sea la cuantía del contrato. La Contraloría General de la República adoptará sistemas de control acordes con la naturaleza de estos contratos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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