Micelio

Artículo 4

Decreto 3384 de 1947 · DECRETO 3384 DE 1947, 17/10/1947, Por el cual se toman unas medidas sobre sanidad vegetal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. La violación de estas disposiciones por parte de las empresas de transportes o de particulares, será sancionada por multas sucesivas de $10 a $500que impondrá con providencia del fundamentada por el Ingeniero Agrónomo Jefe de la zona Técnico-Administrativa de Cundinamarca. Tales providencias sean apelables ante el Ministerio de la Economía Nacional. Este decreto regirá desde su promulgación. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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