Micelio

Artículo 3

Decreto 775 de 1991 · por el cual se reduce la tarifa del impuesto a las importaciones para algunas partidas del arancel de aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Redúcese al 5 % del valor CIF, la tarifa del impuesto a las importaciones de que trata la Ley 75 de 1986, artículo 95, para los plaguicidas terminados, que clasifiquen por los capítulos 28, 29 y 38 del Arancel de Aduanas y cuyo destino sea exclusivamente la utilización en el sector agropecuario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 775 de 1991