Artículo tercero. Las funciones del Inspector Permanente son las señaladas por el Ministerio de Minas y Petróleos mediante Resolución y las que dicho Ministerio tenga por conveniente adscribirle por posteriores providencias.
Decreto 3360 de 1947 →Vigente
Artículo 3
Decreto 3360 de 1947 · DECRETO 3360 DE 1947, 15/10/1947, Por el cual se crea el cargo de Inspector Permanente del Gobierno en las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.