Micelio

Artículo 1

Decreto 3360 de 1947 · DECRETO 3360 DE 1947, 15/10/1947, Por el cual se crea el cargo de Inspector Permanente del Gobierno en las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. De acuerdo con lo estipulado en la cláusula duodécima del contrato celebrado por el Gobierno con el Banco de la República, el 24 de julio de 1946, sobre administración delegada de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez, créase el cargo de Inspector Permanente del Gobierno para vigilar la ejecución y cumplimiento del mencionado contrato, con residencia en las minas y con un sueldo mensual de ochocientos pesos ($ 800).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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