º. Los alumnos que cursen en un colegio donde se haga uso de la presente autorización, no podrán pasar a colegios que sigan el plan anterior, a menos que se sometan a un examen de la parte de la materia que no hayan cursado, y que aprueben este examen a satisfacción del colegio donde ingresen. Para estos exámenes deberá pedirse autorización al Departamento de Educación Secundaria y el colegio remitirá a éste copia de las calificaciones.
Decreto 3356 de 1947 →Vigente
Artículo 4
Decreto 3356 de 1947 · DECRETO 3356 DE 1947, 15/10/1947, Por el cual se da una autorización sobre el plan de estudios de bachillerato
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.