º. Tanto los colegios que hicieren uso de la facultad que concede el artículo anterior, como los que continuaren con el plan de estudios dispuesto por los Decretos 3087 de 1945 y 665 de 1947, harán constar en sus certificados generales de estudios y en todos los certificados que expidan a sus alumnos, si la materia fue vista totalmente en el año o se dividió conforme a la autorización que este Decreto concede.
Decreto 3356 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3356 de 1947 · DECRETO 3356 DE 1947, 15/10/1947, Por el cual se da una autorización sobre el plan de estudios de bachillerato
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.