Micelio

Artículo 1

Decreto 3356 de 1947 · DECRETO 3356 DE 1947, 15/10/1947, Por el cual se da una autorización sobre el plan de estudios de bachillerato

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Facúltese a los colegios de bachillerato para distribuir los estudios de matemáticas en los cursos tercero, cuarto y quinto, en la siguiente forma: Tercer año: álgebra, tres horas semanales. Tercer año: álgebra, tres horas semanales. Cuarto año: geometría, cuatro horas semanales. Quinto año: geometría, tres horas semanales. Las dos horas que quedan libres en tercer año deben emplearse así: una, en intensificación de Castellano y Ortografía; y la otra, en la terminación de la Historia Universal. Si a juicio de los colegios estas horas convienen para otra asignatura, pueden destinarlas a ella, pero siempre que se trate de horas de clase efectivas y no de estudios o de actividades vocacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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