Micelio

Artículo 2

Decreto 952 de 1994 · por el cual se levanta el Estado de Conmoción Interior y se prorroga la vigencia de unas disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2 º. Prorrogase por noventa días más, a partir del 11 de mayo del presente año, la vigencia de los Decretos 875 y 951 del 1o. y 10 de mayo de 1994.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 952 de 1994