Micelio

Artículo 65

. Funciones Del Consejo De Academia.-

Decreto 2110 de 1992 · por el cual se reestructura el Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 65 . Funciones del Consejo de Academia.- Corresponde al Consejo de Academia cumplir las siguientes funciones

1.

Trazar las políticas y programas de selección, incorporación, capacitación y adiestramiento del personal de inteligencia, protección, investigaciones, extranjería, así como los relativos a los funcionarios administrativos;

2.

Emitir concepto sobre los proyectos presentados por el Director de la Academia y determinar las fechas de inscripciones, exámenes, pruebas, publicación de resultados e iniciación y terminación de cursos de formación o ascenso;

3.

Aprobar los pensum, planes de estudio, intensidad horaria y estímulos de la Academia;

4.

Conocer de las reclamaciones que el personal docente, administrativo o estudiantil quiera formular por asuntos relacionados con el funcionamiento de la Academia;

5.

Examinar el estado de conservación y mantenimiento de la Academia, aprobar los programas de obras, adquisiciones y mejoras que deban introducirse y recomendar las medidas que permitan su funcionamiento integral;

6.

Conocer la situación financiera de la Academia, la marcha de sus casinos, alojamientos, instalaciones recreativas y deportivas, laboratorios, aulas, biblioteca, servicios médicos y sanitarios y promover las acciones que garanticen su óptima conducción. CAPITULO IX DISPOSICIONES LABORALES TRANSITORIAS DISPOSICIONES GENERALES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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