ARTICULO 59 . Funciones de la Comisión de Personal.- Corresponde a la Comisión de Personal cumplir las siguientes funciones
Proponer a la Dirección del Departamento el ascenso de los empleados que reunan los requisitos exigidos por las disposiciones respectivas, previo estudio del caso por la Unidad de Personal;
Proponer a la Dirección del Departamento el otorgamiento de condecoraciones, estímulos y beneficios a los empleados que en razón de sus méritos eficiencia y honestidad se hagan acreedores a ellos;
Emitir concepto en los casos que el Director del Departamento someta a su consideración;
Conocer de las reclamaciones de los funcionarios sobre sus condiciones de trabajo, calificación de servicios y cumplimiento de obligaciones asistenciales o prestacionales;
Emitir concepto sobre imposición de sanciones disciplinarias en los casos señalados por la Ley;
Cumplir las demás funciones que indiquen las disposiciones vigentes sobre administración de personal y régimen disciplinario.