ARTICULO 36 . De la Unidad de Personal.- Corresponde a la Unidad de Personal cumplir las siguientes funciones
Ejecutar y coordinar los programas elaborados por la Oficina de Recursos Humanos;
Mantener información actualizada sobre la planta de personal, manual descriptivo de funciones, requisitos de ingreso y aplicación de las normas de carrera;
Supervisar lo relativo al período de prueba de los funcionarios nombrados en cargos que pertenezcan a las respectivas carreras;
Hacer cumplir las normas y política sobre calificación de servicios, jornada de trabajo, permisos, vacaciones, licencias, traslados, ascensos y demás situaciones administrativas;
Coordinar y colaborar en el procesamiento y sistematización de la información referente a los recursos humanos de la entidad así como a su régimen salarial y prestacional;
Aplicar las pruebas y procedimientos técnicos para el ingreso y promoción del personal;
Llevar el registro y control de los funcionarios e informar oportunamente a la Jefatura de la Oficina las novedades que se presenten;
Liquidar y tramitar las prestaciones sociales, subsidios y auxilios en la forma y oportunidad señalada en las disposiciones vigentes;
Expedir certificaciones y constancias sobre tiempo de servicios, finalización o cese del mismo, antecedentes disciplinarios y conducta observada por los funcionarios con arreglo a la normas vigentes;
Elaborar los proyectos de decreto y resolución sobre nombramientos, retiros, vacaciones, licencias y lo relacionado con las diferentes situaciones administrativas del personal al servicio de la Institución;
Organizar, mantener actualizado y custodiar el archivo de personal;
Organizar, investigar y clasificar los recursos humanos del Departamento e informar los resultados el Jefe de la Oficina.