Micelio

Artículo 33

. De La Unidad De Contabilidad Y Presupuesto.-

Decreto 2110 de 1992 · por el cual se reestructura el Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 33 . De la Unidad de Contabilidad y Presupuesto.- Corresponde a la Unidad de Contabilidad y Presupuesto cumplir las siguientes funciones

1.

Elaborar los anteproyectos de presupuesto del Departamento y del Fondo Rotatorio, así como los demás estudios económicos y financieros ordenados por la Dirección;

2.

Llevar conforme a las normas legales la contabilidad presupuestal y financiera del DAS y del Fondo Rotatorio;

3.

Consolidar los informes mensuales y anuales de los estados financieros y contables del DAS y del Fondo Rotatorio y llevar el estado de la ejecución presupuestal;

4.

Elaborar los informes financieros y de contabilidad para la evaluación de la Contraloría General de la República;

5.

Elaborar informes con respecto a la ejecución del presupuesto y utilización de los recursos económicos destinados a la Institución y al Fondo Rotatorio;

6.

Presentar ante la Oficina de Planeación los proyectos, planes y programas de la Unidad, a través de la oficina Administrativa y Financiera;

7.

Ejercer el control de gastos que se originan con cargo a las apropiaciones presupuestales del DAS y del Fondo Rotatorio;

8.

Elaborar, revisar y presentar estudios de temas relacionadas con la ejecución presupuestal;

9.

Presentar informes financieros y contables para el análisis de la Oficina de Planeación;

10.

Remitir la información contable y financiera a las autoridades competentes que las soliciten;

11.

Las demás funciones que le sean asignadas acorde con la naturaleza de la Unidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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