ARTICULO 32 . De la Unidad de Comunicaciones y Electrónica.- Corresponde a la Unidad de Comunicaciones y Electrónica cumplir las siguientes funciones
Organizar, dirigir, controlar y coordinar los sistemas y redes de radio, comunicaciones y electrónica del Departamento;
Mantener en condiciones de operación permanente los equipos y elementos de comunicación y prestar a las dependencias los apoyos que en esta materia soliciten;
Administrar los laboratorios y talleres de radio, telefonía, grabación, filmación, televisión y electrónica general;
Capacitar y entrenar al personal de operadores y técnicos de radio comunicaciones y electrónica.