ARTICULO 25 . De las Funciones de las Direcciones Seccionales.- Corresponde a las Direcciones Seccionales del Departamento Administrativo de Seguridad cumplir las siguientes funciones
Dirigir, coordinar y ejecutar las tareas de inteligencia y las actividades de protección, investigación, extranjería y administración, de competencia del Departamento en las zonas que abarque su jurisdicción;
Cumplir y hacer cumplir por el personal las órdenes, instrucciones o indicaciones del Director del Departamento, el Sudirector, el Secretario General, los Directores Generales y los Jefes de las Oficinas Asesoras;
Informar al Subdirector del Departamento sobre la marcha de la Seccional y a la Dirección General de Inteligencia sobre los sucesos de la jurisdicción;
Rendir informes mensuales y consolidados anuales al Sudirector y a las Direcciones sobre los aspectos administrativos y operativos relacionados con las funciones que a cada dependencia corresponda cumplir;
Prestar los servicios de protección a personas e instalaciones con arreglo a las instrucciones y determinaciones de la Dirección respectiva;
Prestar los auxilios de policía judicial, laboratorios, criminalística e identificación a las autoridades judiciales y administrativas de la comprensión seccional, en la forma prevista por las disposiciones vigentes;
Velar por la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la organización de la Institución y vigilar la ejecución de los contratos que se celebren entre el Departamento o el Fondo Rotatorio y las entidades públicas, nacionales, departamentales o municipales, o con personas jurídicas o naturales, cuyo objeto deba cumplirse en ellas;
Informar a la Subdirección, a la Secretaría General y a las Direcciones según el caso, sobre el cumplimiento de comisiones, expedir certificaciones de permanencia y prestar colaboración a los comisionados para el éxito de las mismas;
Autorizar la expedición de certificados judiciales y documentos de extranjería, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes;
Enviar a la oficina de Planeación los datos mensuales sobre las actividades adelantadas por la Seccional, a la Subdirección, a las Direcciones y Oficinas que les permitan actualizar y ampliar sus registros, archivos operativos y centrales y coordinar el suministro, cruce, intercambio y actualización de informaciones;
Cooperar con las autoridades nacionales, departamentales, distritales, metropolitanas y municipales de la zona, en las acciones destinadas a garantizar la conservación o restablecimiento del orden público, prevenir o reprimir la delincuencia, afianzar la seguridad y asegurar la paz;
Administrar el personal, supervisar y controlar sus actividades y mantener la disciplina e imponer las sanciones indispensables, según lo dispuesto por las normas pertinentes y la política señalada por la Oficina de Recursos Humanos;
Dirigir, de conformidad con las políticas del Departamento, la asistencia social, familiar y laboral del personal.
Cuidar, administrar y llevar el registro correspondiente de los bienes oficiales, o los particulares que les sean confiados, y responder por el recibo, almacenamiento, uso y mantenimiento de armas, vehículos, enseres y demás objetos de la Seccional;
Preparar el anteproyecto de presupuesto indispensable para la marcha de la Seccional y el plan de compras y adquisiciones, y solicitar anual o mensualmente a la Secretaría General el giro de las partidas que justificadamente requiera;
Solicitar mensualmente a la Oficina Administrativa y Financiera las dotaciones, elementos y especies que necesita la Seccional y enviar copia de los inventarios y movimiento de bienes;
Recibir y administrar los aportes, participaciones o donaciones de los Departamentos, Municipios y demás entidades oficiales, con sujeción a las autorizaciones contenidas en presupuestos o contratos y a la distribución aprobada por la Secretaría General; tramitar en esta última dependencia las modificaciones y traslados y rendir mensualmente cuenta a la Oficina Administrativa y Financiera del manejo de los aportes, participaciones o dotaciones;
Rendir mensualmente cuenta a la Oficina Administrativa y Financiera del movimiento de la Pagaduría;
Recibir y utilizar previa autorización de la Dirección o Subdirección del Departamento las sumas o elementos donados por particulares y dar cuenta de ello a la Secretaría General . En ningún caso el recibo o empleo de esas donaciones estará sometido a condiciones ajenas al normal cumplimiento de las funciones que al Departamento le señala la ley;
Coordinar el remate de los bienes de la Institución y de los decomisos con el lleno de las formalidades legales;
Supervisar el funcionamiento de alojamientos, casinos, cafeterías y la ejecución de los programas culturales, sanitarios, deportivos y de recreación del personal;
Recaudar, consignar, girar y rendir cuenta mensual a la Oficina Administrativa y Financiera de los dineros que legalmente corresponden al Fondo Rotatorio del Departamento;
Las demás que les señalen la ley y los reglamentos. III. DE LA SECRETARIA GENERAL