Micelio

Artículo 21

Decreto 2110 de 1992 · por el cual se reestructura el Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 21 . De la Unidad de Informática.- Corresponde a la Unidad de Informática cumplir las siguientes funciones

1.

Dirigir la operación por computadora, la transmisión de datos y servicios de microfilmación;

2.

Asesorar a todas las dependencias del Departamento en el desarrollo, diseño, implementación y mejoramiento de sistemas de procesamiento de información;

3.

Coordinar la ampliación de los programas y aplicaciones de computador con el DANE y con las entidades públicas o privadas sobre procesamiento de informaciones que el Departamento requiera;

4.

Cumplir en el campo de procesamiento electrónico de datos las tareas que le sean ordenadas por la Oficina de Planeación;

5.

Revisar y presentar a consideración de la Oficina de Planeación los estudios y trabajos realizados en la dependencia;

6.

Las demás que sean asignadas acordes con la naturaleza de la Unidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2110 de 1992