Micelio

Artículo 15

Decreto 2110 de 1992 · por el cual se reestructura el Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 15 . De la Unidad de Asuntos Disciplinarios.- Corresponde a la Unidad de Asuntos Disciplinarios cumplir las siguientes funciones

1.

Adelantar las diligencias y allegar las pruebas que sean necesarias dentro de las investigaciones disciplinarias a su cargo;

2.

Coordinar con otras dependencias los asuntos relacionados con la investigación y la disciplina;

3.

Resolver, tramitar y conceptuar sobre asuntos relacionados con su área de trabajo;

4.

Atender los requerimientos que formulen las autoridades judiciales, el Ministerio Público u otros organismos oficiales sobre aspectos disciplinarios del personal;

5.

Recepcionar las quejas y reclamos que presenten los particulares sobre miembros de la Institución;

6.

Solicitar a las autoridades correspondientes, la aplicación de los correctivos de acuerdo con las normas establecidas;

7.

Colaborar en la elaboración de instrumentos, métodos y procedimientos generales relacionados con el aspecto disciplinario;

8.

Las demás que le sean asignadas acordes con la naturaleza de la Unidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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