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Artículo 10

Decreto 1606 de 1988 · DECRETO 1606 DE 1988, 09/08/1988, por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 55 de la Ley 24 de 1988 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El acta de constitución deberá contener como mínimo los siguientes aspectos

a)

Lugar, fecha y hora de la celebración de la asamblea constitutiva.

b)

Nombres, apellidos e identificación del fundador o fundadores, bien sea que concurran personalmente o por medio de apoderados.

c)

Relación de los asuntos discutidos y aprobados por la mayoría de los participantes.

d)

Mención de la directiva provisional con indicación de sus cargos y de las facultades con que queda investida, para efectos de obtener el reconocimiento de personería jurídica.

e)

Relación de los bienes de los fundadores que se comprometen a aportar a la entidad.

f)

Indicación de la persona que tenga la representación provisional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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