° La autorización que se da por el artículo 1 de este Decreto tiene vigencia de dos (2) años, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Decreto 64 de 1991 →Vigente
Artículo 3
Decreto 64 de 1991 · por el cual se autoriza la práctica de unos exámenes de Estado y el otorgamiento de títulos de educación superior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.