Micelio

Artículo 2

El Inciso Primero Del Artículo 4 Del Decreto 150 De 1997 Quedará Así:

Decreto 251 de 1997 · por medio del cual se modifican los Decretos 88 y 150 de 1997 y se expiden medidas complementarias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El inciso primero del artículo 4 del Decreto 150 de 1997 quedará así: Se excluyen del límite establecido en el artículo 1, los descuentos tributarios por impuestos pagados en el exterior del artículo 254; los de las empresas colombianas de transporte internacional del artículo 256; los descuentos por CERT del artículo 257; las exenciones otorgadas a las empresas señaladas en el segundo inciso del artículo 2 de la Ley 218 de 1995; las previstas en los artículos 223 y 224 del Estatuto Tributario; y las relacionadas con la seguridad social, de acuerdo con el artículo 135 de la Ley 100 de 1993.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 251 de 1997