°. Depuración de la base del cálculo de la renta presuntiva. Los contribuyentes a los que se refiere el artículo 1° del presente decreto podrán restar, del total del patrimonio líquido del año 2009 que sirve de base para efectuar el cálculo de la renta presuntiva del año gravable 2010, el valor patrimonial neto de los bienes afectados por el Fenómeno de La Niña 2010-2011. Al valor inicialmente obtenido de renta presuntiva, se sumará la renta gravable generada por los activos exceptuados y este será el valor de la renta presuntiva que se compare con la renta líquida determinada por el sistema ordinario. El valor patrimonial neto de los bienes que se excluyen de la base de cálculo de la renta presuntiva, es el que se obtenga de multiplicar el valor patrimonial del bien por el porcentaje que resulte de dividir el patrimonio líquido por el patrimonio bruto, del año gravable base para el cálculo de la presunción. Una vez determinado el valor patrimonial neto, el monto a excluir de la base de cálculo de la renta presuntiva será el que resulte de multiplicar el valor patrimonial neto de tales bienes por el número de días durante los cuales haya sido afectado y dividir el resultado que se obtenga por 360.
Decreto 128 de 2011 →Inexequible
Artículo 3
Depuración De La Base Del Cálculo De La Renta Presuntiva
Decreto 128 de 2011 · por el cual se adoptan medidas especiales en materia tributaria, aduanera y cambiaria para los damnificados o afectados por el Fenómeno de La Niña 2010-2011.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.