Micelio

Artículo 62

Decreto 1073 de 1999 · por el cual se expide el Régimen Disciplinario Especial para los servidores públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Efectividad de la sanción. La sanción impuesta, una vez se encuentre en firme, producirá efectos inmediatos. El funcionario que haya producido el último acto en el procedimiento respectivo, comunicará sobre la sanción en firme a la dependencia de personal y de pagaduría, correspondientes, para que realicen las actuaciones necesarias que garanticen su efectividad, informando de tal hecho a la dependencia de investigaciones disciplinarias del nivel central. Las sanciones que se impongan deberán comunicarse, dentro de los diez (10) días siguientes a su firmeza, a la Procuraduría General de la Nación para efectos de la anotación respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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