Micelio

Artículo 52

Decreto 1073 de 1999 · por el cual se expide el Régimen Disciplinario Especial para los servidores públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Competencia exclusiva para investigaciones por enriquecimiento ilícito. La falta por incremento patrimonial no justificado será de competencia exclusiva de la dependencia disciplinaria del nivel central, en los casos en que la cuantía no exceda de mil (1.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Cuando la cuantía exceda la suma indicada, tanto la instrucción como el fallo, serán de competencia de la Procuraduría General de la Nación. Para efectos de ejercer la competencia aquí indicada, la dependencia disciplinaria del nivel central de la Dirección de Impuestos. y Aduanas Nacionales, tendrá funciones y atribuciones de policía judicial y podrá investigar a terceros, personas naturales o jurídicas, relacionados o vinculados con los servidores públicos investigados, a su cónyuge, compañero o compañera permanente y a sus familiares. CAPITULO II. Impedimentos y recusaciones

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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