Competencia general. La competencia para investigar o fallar en el procedimiento administrativo disciplinario corresponde a la dependencia que ejerza en el nivel central la función disciplinaria, a las dependencias disciplinarias de las Direcciones Regionales y a los servidores públicos que se desempeñen en las jefaturas de las diferentes dependencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, según el caso, y de acuerdo con lo señalado en este decreto.
Decreto 1073 de 1999 →Vigente
Artículo 44
Decreto 1073 de 1999 · por el cual se expide el Régimen Disciplinario Especial para los servidores públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.