Micelio

Artículo 3

De La Quejas

Decreto 1555 de 1988 · DECRETO 1555 DE 1988, 03/08/1988, por el cual se reglamentan algunas disposiciones contenidas en los Decretos 078 y 497 de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De la quejas. Le corresponde al Distrito Especial de Bogotá y a los municipios, atender las quejas relacionadas con los siguientes hechos

a)

Desmejoramiento de las especificaciones contempladas en los planos arquitectónicos, o por incumplimiento a los reglamentos de propiedad horizontal, o por inobservancia de los modelos de contratos aprobados por la respectiva entidad territorial.

b)

El otorgamiento de crédito para la adquisición de lotes o vivienda, o para la construcción de las mismas, no sometido a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, en los términos de los artículos 1° y 4° del Decreto-ley 2610 de 1979 y sus decretos reglamentarios. Cuando la queja se refiera a la ocurrencia de cualquiera de las causales contempladas en el artículo 12 de la Ley 66 de 1968, la entidad territorial receptora de la misma dará traslado inmediato de ella a la Superintendencia de Sociedades, para los efectos a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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