º. Los bonos a que se refiere el presente Decreto, así como la suma de un millón cuatrocientos mil pesos ($ 1.400.000), remanente de la emisión de los mismos bonos de la Clase "F", autorizada por el Decreto número 2751 de 1944, serán entregados al Municipio de Bogotá con destino a la continuación de las obras de que trata el Decreto legislativo número 1350 de 1940, y el servicio total de los mismos se atenderá con cargo al cupo de dicho Municipio en el Fondo de Fomento Municipal.
Decreto 3320 de 1947 →Vigente
Artículo 5
Decreto 3320 de 1947 · DECRETO 3320 DE 1947, 10/10/1947, Por el cual se autoriza una emisión de Bonos de Fomento Municipal y se ordena su entrega al Municipio de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.