°. El Consejo Directivo de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional procederá, por su parte, a reglamentar el concurso para la adjudicación de las "Becas Jorge Eliéeer Gaitán", a que se refiere el artículo 79 de la Ley do honores, sobre las bases generales siguientes
Sólo podrán tomar parte los abogados titulados por cualquiera de las Universidades reconocidas por el Gobierno;
Tenderán preferencia en la adjudicación de las becas los abogados que, además de su título legalmente. reconocido, hayan profesado cátedras universitarias sobre Criminología o Ciencia Jurídico-Penal, o hayan escrito libros sobre las mismas materias;
El contrato que celebre la Facultad Nacional de Dere _ cho debe ser aprobado por el Consejo Directivo de la misma, y estipulará la obligación de los becados para rendir los informes técnicos que soliciten el Gobierno o las Facultades de Derecho, tanto privadas como oficiales. También estipulará la obligación de prestar el servicio docente por un tiempo igual al de la duración de los estudios en el Exterior;
Cada beca tendrá una duración de tres años, y el becado está en el deber de enviar las certificaciones sobre los cursos que siga en todo ese tiempo. En cuanto al valor de las mismas, al igual que sobre los auxilios de viaje, pasajes, auxilio para adquisición de libros, etc., el Consejo Directivo de la Facultad hará la tasación correspondiente en el acuerdo reglamentario de los concursos; y el Ministerio de Educación hará la destinación sobre la base que suministre dicho acuerdo.