Micelio

Artículo 1

Decreto 3040 de 1989 · DECRETO 3040 DE 1989, 29/12/1989, por el cual se aprueba una reforma Estatutoria de la Fiduciaria La Previsora Ltda.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Apruébase la reforma estatutaria al capital de la Fiduciaria La Previsora Limitada, adoptada por los socios en sesiones extraordinaria y ordinaria, efectuadas respectivamente, los días 30 de agosto de 1988 y 31 de marzo de 1989, según consta en las actas números 16 y 20, cuyo texto es el siguiente: El artículo quinto quedará así: Artículo 5º Capital. El capital de la Fiduciaria es la suma de quinientos noventa y dos millones ochocientos setenta y dos mil pesos ($592.872.000) moneda corriente, dividido en quinientas noventa y dos mil ochocientas setenta y dos (592.812) cuotas iguales de un valor nominal de mil pesos ($1.000.00) moneda corriente, cada una y que la Fiduciaria declara haber recibido a satisfacción. El artículo sexto quedará así: Artículo 6º Aportes. El capital señalado en el artículo anterior ha sido aportado así

a)

Por La Previsora S. A., Compañía de Seguros en un noventa y tres punto ocho cuatro cinco siete dos cero por ciento (93.845720%) lo que equivale en dinero en efectivo a quinientos cincuenta y seis millones trescientos ochenta y cinco mil pesos ($556.385.000.00) moneda corriente y a su vez a quinientas cincuenta y seis mil trescientas ochenta y cinco (556.385) cuotas o partes sociales;

b)

Por la Caja Nacional de Previsión Social en un seis punto uno cinco cuatro dos ocho cero por ciento (6.154280%) lo que equivale en dinero en efectivo a treinta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil pesos ($36.487.000.00) moneda corriente, y a su vez, a treinta y seis mil cuatrocientos ochenta y siete (36.487) cuotas o partes sociales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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