El Presidente de la sociedad tendrá a su cargo la ejecución de las actividades de la sociedad y la administración de sus bienes y servicios; para ello ejercerá las siguientes funciones
Representar legalmente a la sociedad ante toda clase de personas naturales o jurídicas, y ante toda clase de autoridades y organismos públicos; y, en ejercicio de dicho representación, podrá comprometer a la sociedad en toda clase de actos, operaciones y contratos, sin perjuicio de la autorización previa de la Junta Directiva que sea necesaria de acuerdo con las leyes o con estos estatutos;
Nombrar y constituir los mandatarios judiciales y extrajudiciales que requieran los intereses del Banco;
Nombrar y remover los empleados de la sociedad cuyo nombramiento y remoción no corresponda a la Asamblea General de Accionistas o a la Junta Directiva;
Ejercer todas aquellas funciones que le sean asignadas por la Asamblea General de Accionistas o por la Junta Directiva, así como las que le confieran las leyes, estos estatutos y aquéllas que sean propias de su cargo;
Cumplir, y hacer cumplir las leyes, estos estatutos y las determinaciones de la Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva que se relacionen con el funcionamiento de la sociedad.