° Los contratos que se celebren en virtud de adjudicaciones verificadas con arreglo a las normas arriba estipuladas y cuyo valor exceda de $ 3.000, requieren la aprobación del Presidente de la República, precio concepto favorable del Consejo de Ministros.
Decreto 3835 de 1947 →Vigente
Artículo 4
Decreto 3835 de 1947 · DECRETO 3835 DE 1947, 29/11/1947, Por el cual se reglamenta el artículo 26 de la Ley 11 de 1947
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.