º Los aspectos relacionados con planes y programas de estudio, sistema de evaluación y promoción de alumnos y aprobación de estudios, serán objeto de reglamentación por parte del Ministerio de Educación Nacional de Colombia, teniendo en cuenta las normas que rigen el Sistema Educativo Español y previo acuerdo con las autoridades educativas de España, según lo estipulado en el Convenio Bilateral citado en el artículo 1º del presente Decreto.
Decreto 782 de 1989 →Vigente
Artículo 4
Decreto 782 de 1989 · DECRETO 782 DE 1989, 17/04/1989, por el cual se actualiza el Reglamento para el funcionamiento del Centro Cultural y Educativo "Reyes Católicos" de Bogotá, D.E.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.