Micelio

Artículo 2

Decreto 1600 de 1988 · DECRETO 1600 DE 1988, 08/08/1988, por el cual se integra una Misión de Ciencia y Tecnología y se señalan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Misión de Ciencia y Tecnología estará regida por un Consejo Directivo y orientada por una Comisión Técnica Consultiva y un Director General. Los estudios de que trata el artículo 1° de este Decreto serán realizados por expertos que con este propósito se vinculen a la Misión, con el apoyo de funcionarios de los Ministerios, del Departamento Nacional de Planeación, del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales “Francisco José de Caldas” COLCIENCIAS, del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y, en general, de las entidades y organismos de la administración que desarrollen actividades científicas o tecnológicas, que se comisionen con tal fin, a solicitud del Consejo Directivo de la Misión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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