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Artículo 4

Decreto 1515 de 1988 · DECRETO 1515 DE 1988, 29/07/1988, por el cual se crea la Comisión Coordinadora para la preparación y la coordinación de la participación colombiana en el XII período de Sesiones de la Comisión de Asentamientos Humanos de la Organización Mundial de las Naciones Unidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones de la Comisión Coordinadora las siguientes

a)

Difundir en el ámbito nacional e internacional las políticas de la Comisión de Asentamientos de las Naciones Unidas;

b)

Difundir y promover el conocimiento nacional e internacional de la importancia de la XII Sesión de la Comisión de Asentamientos Humanos de las Naciones Unidas;

c)

Difundir nacional e internacionalmente la información sobre Cartagena y promover la participación pública y privada en el evento;

d)

Difundir nacional e internacionalmente la política colombiana de asentamientos humanos en el marco del Plan de Lucha contra la Pobreza Absoluta y por la Generación de Empleo, incluyendo las reuniones preparatorias a nivel nacional, en las diferentes ciudades del país;

e)

Promover nacional e internacionalmente debates en torno a la política colombiana de asentamientos humanos y darles publicidad;

f)

Colaborar y asesorar al Director Ejecutivo del Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos en los aspectos organizativos del evento;

g)

Promover la consecución de aportes económicos y ayudas para el buen suceso del evento;

h)

Elaborar el estudio de factibilidad para la creación en Colombia de un Centro Regional Hábitat, siguiendo las recomendaciones del Foro Latinoamericano y del Caribe, para las personas sin hogar, con el fin de presentarlo al Director Ejecutivo del Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos y a la XII Sesión de la Comisión de Asentamientos Humanos;

i)

Elaborar los documentos que, previa aprobación del Presidente de la República, contendrán la posición oficial de Colombia en el evento;

j)

Coordinar la elaboración de los documentos informativos y anexos que las instituciones oficiales presenten al evento para la difusión de la política y ejecutorias del Gobierno en materia de asentamientos humanos;

k)

Promover la participación del sector educativo universitario y tecnológico, mediante la elaboración de materiales sobre el tema del evento;

l)

Promover la participación de las organizaciones comunitarias en el evento, mediante la elaboración de materiales que difundan sus experiencias;

m)

Promover eventos que conduzcan al desarrollo de los compromisos de la Comisión;

n)

Promover en el evento la difusión del desarrollo tecnológico nacional en el área de los asentamientos humanos; ñ) Las demás que a juicio del Ministro de Relaciones Exteriores sean necesarias para cumplir las funciones contempladas en el presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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