Micelio

Artículo 116

Decreto 52 de 1987 · DECRETO 52 DE 1987, 13/01/1987, Por el cual se establece el servicio de defensoría pública de oficio, se provee a su funcionamiento y división respectiva en el ministerio de justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la realización de pruebas, cursos de selección, exámenes y otras pruebas para el ingreso o ascenso en la carrera, las autoridades nominadoras podrán requerir la colaboración técnica, operativa y administrativa de entidades públicas especializadas en estas materias las cuales deberán prestar sus servicios como labor de asistencia a la Rama Jurisdiccional y al Ministerio Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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