Micelio

Artículo 71

Decreto 52 de 1987 · DECRETO 52 DE 1987, 13/01/1987, Por el cual se establece el servicio de defensoría pública de oficio, se provee a su funcionamiento y división respectiva en el ministerio de justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La investigación disciplinaria tendrá las siguientes etapas y términos

a)

Instrucción en el término de treinta (30) días, dentro del cual se archivará el expediente o se formulará pliego de cargos en el que se precisará la infracción que imputa y las disposiciones legales presuntamente violadas.

b)

Presentación de descargos y petición de pruebas, en el término de seis (6) días.

c)

Práctica de pruebas, en el término de veinte (20) días. d) cierre y calificación de la investigación, en el termino de diez (10) días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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