Son faltas de los funcionarios y empleados contra la dignidad de la administración de justicia las siguientes
Embriaguez habitual; uso frecuente e injustificado de sustancias que produzcan dependencia física o síquica y practicar juegos prohibidos.
Proferir expresiones injuriosas o calumniosas contra cualquier funcionario o empleado o contra quienes intervienen en los procesos.
Solicitar o fomentar publicidad de cualquier clase respecto de su persona o de sus actuaciones, sin perjuicio del derecho de rectificar informaciones o comentarios.
Contraer obligaciones de manera directa o indirecta con alguna de las partes o sus apoderados o cualquier otro interesado en asuntos que se hallen a su conocimiento o en los cuales debe intervenir.
Solicitar o recibir dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier otra clase de lucro provenientes directa o indirectamente de alguna de las personas mencionadas en el literal anterior o de funcionario o empleados de su dependencia.
Influir directa o indirectamente en el nombramiento o elección de funcionarios o empleados.
Ejercer actividades incompatibles con el decoro del cargo o que en alguna forma afecte su dignidad.