Las inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades establecidas en este título se consagran sin perjuicio de las previstas en otras disposiciones para las mismas personas o funcionarios. Igualmente, las sanciones previstas en el presente título se aplicarán sin perjuicio de las demás establecidas en otras disposiciones para los mismos hechos. CAPITULO V DEL RÉGIMEN DE PERSONAL Y DE LOS ACTOS Y CONTRATOS.
Decreto 1222 de 1986 →Vigente
Artículo 303
Decreto 1222 de 1986 · DECRETO 1222 DE 1986, 18/04/1986, Por el cual se expide el Código de Régimen Departamental
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.