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Artículo 17

Decreto 1222 de 1986 · DECRETO 1222 DE 1986, 18/04/1986, Por el cual se expide el Código de Régimen Departamental

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La vinculación y armonización entre la planeación nacional y la planeación regional, distrital, metropolitana o municipal utilizará, entre otros, los siguientes medios

a)

Las oficinas departamentales, municipales, distritales o metropolitanas de planeación;

b)

Los Consejos Departamentales de Planeación;

c)

Los programas de descentralización económica y administrativa;

d)

Los programas de inversión de las Corporaciones Autónomas Regionales, y

e)

Los proyectos específicos de inversión económica y social que promuevan la descentralización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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