Las mercancías con destino a la Feria Internacional de Cúcuta no podrán ser embarcadas en el puerto de despacho en el exterior ni la Corporación de Ferias y Eventos de la Frontera Corfrontera podrá darles ingreso después de la fecha de cierre del evento.
Decreto 1162 de 1988 →Vigente
Artículo 20
Decreto 1162 de 1988 · DECRETO 1162 DE 1988, 14/06/1988, por el cual se autoriza la celebración de la Feria Internacional de Cúcuta y la creación de una Zona Franca Aduanera Transitoria para tal evento.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.