Calificación de los participantes en el concurso de méritos . La calificación de los aspirantes admitidos al concurso de méritos, se realizará de acuerdo con los requisitos, factores de evaluación y los criterios de calificación que se establecen en este artículo sobre los siguientes aspectos y calidades
Pruebas de conocimientos sobre las normas municipales, distritales o nacionales en materia de desarrollo y planificación urbana y territorial. Hasta 500 puntos. Los aspirantes admitidos al concurso serán citados a exámenes escritos de conocimientos y aptitudes, los cuales se realizarán en la ciudad donde se haya efectuado la inscripción, en las fechas, horas y sitios que se indicarán en la respectiva citación. Para estas pruebas se construirán escalas estándar que oscilarán entre 0 y 500 puntos y para aprobarlas se requerirá obtener como mínimo el setenta por ciento (70%) de los puntos. Solamente quienes obtengan este puntaje mínimo podrán continuar en el concurso. Los resultados de las pruebas de conocimientos y aptitudes se darán a conocer mediante resolución expedida por el alcalde o quien este delegue para el efecto, la cual se publicará en un lugar visible al público en la alcaldía y en la oficina de planeación del respectivo municipio o distrito, por un término de diez (10) días hábiles. Contra los resultados procederá el recurso de reposición que deberán presentar por escrito los interesados, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de desfijación.
Experiencia laboral. Hasta 200 puntos. La experiencia laboral en cargos relacionados, o en el ejercicio profesional independiente en áreas de arquitectura, ingeniería o en actividades relacionadas con el desarrollo o la planificación urbana, incluido el ejercicio de la curaduría urbana, dará derecho a veinte (10) puntos por cada año de servicio o proporcional por fracción de este. La docencia en la cátedra en instituciones de educación superior en áreas de arquitectura, ingeniería o en actividades relacionadas con el desarrollo o la planificación urbana otorgarán diez (10) puntos por cada año de ejercicio de tiempo completo, y a cinco (5) puntos por cada año de ejercicio en los demás casos.
La acreditación de las calidades y experiencia del grupo interdisciplinario especializado que apoyará el trabajo del curador, con respecto a las condiciones mínimas exigidas por el municipio o distrito como requisito para ser designado o redesignado como curador urbano. Hasta 250 puntos.
Estudios de posgrado realizados en entidades de educación superior legalmente reconocidas por el Estado colombiano o debidamente homologados. Hasta 30 puntos. Cada título de posgrado en áreas de arquitectura, ingeniería o en actividades relacionadas con el desarrollo o la planificación urbana, obtenido por el aspirante se calificará, así: Especialización, 10 puntos; maestría, 15 puntos, y doctorado, 20 puntos. En todo caso el total del factor no podrá exceder el puntaje máximo de 50 puntos.
Entrevista. Hasta 20 puntos Los concursantes serán citados a una entrevista personal con la entidad encargada para la realización del concurso de méritos, en el lugar determinado para el efecto por el alcalde o su delegado.