Micelio

Artículo 50

Comité Ejecutivo

Decreto 1543 de 1997 · DECRETO 1543 DE 1997, 12/06/1997, por el cual se reglamenta el manejo de la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las otras Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comité Ejecutivo. Créase con carácter permanente el Comité Ejecutivo de Promoción, Prevención, Asistencia y Control de las ETS y del SIDA, el cual estará integrado así

a)

El Director General de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud;

b)

El Jefe del Programa Nacional de Prevención y Control de las ETS y el SIDA, o quien haga sus veces, el cual deberá ejercer las funciones de Coordinador General del Comité;

c)

El Jefe de Educación en Salud del Ministerio de Salud;

d)

El Jefe de Salud Sexual y Reproductiva del Programa de Desarrollo Humano del Ministerio de Salud;

e)

El jefe de Acciones Prioritarias en Salud del Ministerio de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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