° La Sociedad Minera del Guainía S. A. tendrá una Junta Directiva, compuesta de seis (6) miembros principales, uno de los cuales será el Ministro de Minas y Energía, quien la presidirá. Dos (2) miembros, con sus respectivos suplentes, designados por el Gobierno Nacional para períodos de dos (2) años renovables, y Tres (3) miembros, con sus respectivos suplentes personales que serán: El Presidente de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol. El Gerente General de la Empresa Colombiana de Minas, Ecominas. Un Director escogido anualmente y en forma rotativa, entre los representantes legales de Ingeominas, el IAN y Carbocol. En caso de ausencia del Ministro Minas y Energía la Junta Directiva, será presidida, en su orden, por el Presidente de Ecopetrol, o el Gerente de Ecominas.
Decreto 1435 de 1988 →Vigente
Artículo 6
Decreto 1435 de 1988 · DECRETO 1435 DE 1988, 18/07/1988, por el cual se autoriza la constitución de una entidad descentralizada del orden nacional, vinculada al Ministerio de Minas y Energía, y se determinan las condiciones y porcentajes de participación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.