Derecho a conservar la mercancia. En los casos previstos en los dos artículos anteriores, si la mercancía se encuentra en poder del importador o del tercero, la conservar en depósito mientras acredita su buena fe, previa constitución de garantía bancaria o de seguros por el valor comercial de ella.
Decreto 51 de 1987 →Vigente
Artículo 73
Decreto 51 de 1987 · DECRETO 51 DE 1987, 13/01/1987, por el cual se expide el Estatuto Penal Aduanero.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.