Competencia de los Jueces Superiores de Aduanas . Los Jueces Superiores de Aduanas conocen
En primera instancia, de los procesos por los delitos de contrabando cuya cuantía exceda de veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales y de los delitos que se cometan en conexidad con el de contrabando, sin consideración a la cuantía, salvo los que requieran la intervención del jurado, caso en el cual la Jurisdicción Penal Aduanera conocerá del delito de contrabando y la ordinaria del delito conexo.
En segunda instancia, de los recursos de apelación y de hecho y de las consultas en los procesos de que conocen en primera instancia los Jueces de Distrito Penal Aduanero.
De los conflictos de competencia que se susciten en asuntos penales aduaneros, entre los Jueces de Distrito del respectivo Círculo.