La División del Menor Trabajador tendrá las siguientes funciones
Preparar y adelantar campañas de divulgación de las normas legales que protegen el trabajo del menor, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.
Promover el cumplimiento de las normas y procedimientos para la efectiva protección del menor trabajador.
Atender consultas sobre los derechos del menor trabajador.
Orientar la labor de conciliación en los casos autorizados por la ley.
Participar y estimular los programas que instituciones públicas o privadas desarrollen en defensa del menor trabajador.
Auspiciar la aplicación de los convenios y acuerdos suscritos para la defensa de los menores trabajadores.
Estudiar, en coordinación con entidades públicas y privadas, las condiciones laborales de los menores trabajadores y proponer los correctivos necesarios.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.