La Subdirección de Relaciones Individuales tendrá las siguientes funciones
Fomentar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos para garantizar los derechos de los trabajadores en el campo de las relaciones individuales.
Organizar, dirigir y controlar sistemas de asistencia a los trabajadores en casos de conflictos individuales de trabajo.
Fomentar programas de divulgación y capacitación en las áreas de su competencia, en coordinación con las demás dependencias.
Estudiar, proponer y aplicar medidas para garantizar la aplicación de la ley y agilizar la prestación de los servicios a su cargo.
Decidir sobre las solicitudes para la ejecución de planes de vivienda y reducción del capital social, presentados por las empresas.
Decidir sobre las solicitudes de modificación de la proporción de trabajadores nacionales y extranjeros, previo concepto de la Dirección General de Empleo.
Participar en estudios e investigaciones sobre las condiciones laborales de los trabajadores desprotegidos.
Realizar los estudios económico laborales que se requieran para la toma de decisiones.
Decidir sobre las peticiones empresariales de declaratoria de entidades sin ánimo de lucro.
Colaborar en el diseño y desarrollo de los programas de divulgación y capacitación laboral que adelante el Ministerio.
Las demás que le sean asignadas y le correspondan a la naturaleza de la dependencia.