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Artículo 21

Decreto 1422 de 1989 · DECRETO 1422 DE 1989, 30/06/1989, Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La División de Análisis Presupuestal tendrá las siguientes funciones

1.

Diseñar metodologías para la programación presupuestal del Ministerio y de las entidades del sector.

2.

Orientar y coordinar la elaboración de los anteproyectos de presupuesto de las entidades adscritas y vinculadas, con la participación de las Direcciones Generales del Ministerio.

3.

Elaborar, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio, el anteproyecto de presupuesto de inversión y las solicitudes de adición y traslados.

4.

Evaluar la ejecución presupuestal del Ministerio y de las entidades adscritas y vinculadas y proponer los ajustes necesarios.

5.

Consolidar los informes financieros del sector.

6.

Coordinar la distribución de las cuotas de gastos asignadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a las entidades adscritas al Ministerio.

7.

Coordinar con la División Financiera los cambios que se deriven de la programación y la ejecución presupuestal.

8.

Evaluar e integrar el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento del Ministerio. 9.Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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