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Artículo 14

Decreto 1422 de 1989 · DECRETO 1422 DE 1989, 30/06/1989, Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Sección de Tesorería tendrá las siguientes funciones

1.

Recaudar los ingresos, manejar los fondos y mantener en custodia los valores y documentos negociables y de garantía del Ministerio.

2.

Registrar y tramitar las cuentas que se presenten a cargo del Ministerio, efectuar su pago e informar a los interesados sobre el estado de las mismas.

3.

Realizar los giros bancarios, traslado de fondos y avances, de acuerdo con los procedimientos y disposiciones administrativas y fiscales.

4.

Efectuar los descuentos de ley, los autorizados por los funcionarios y los ordenados judicialmente y expedir las certificaciones e informes correspondientes.

5.

Hacer los trámites relacionados con órdenes de pago ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Tesorería General de la Nación.

6.

Llevar el control sobre el flujo de caja de la entidad.

7.

Autorizar libranzas y demás documentos que los funcionarios suscriban en garantía de crédito, y efectuar los giros oportunamente; a las personas naturales o jurídicas que figuren como beneficiarios.

8.

Llevar a cabo la retención en la fuente sobre cuentas de cobro, realizar las consignaciones, rendir los informes y expedir las certificaciones requeridas.

9.

Rendir los informes y cuentas que requiera la Contraloría General de la República.

10.

Las demás que le sean asignada y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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